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Recomendaciones

Ropa y equipaje

  • Utilizar siempre bolsos de viaje que no sean rígidos.
  • Neceser con ar tículos de aseo personal.
  • Toalla de aseo, ducha y playa.
  • Calzado con suela de goma, preferiblemente blanca.
  • Impermeable o chubasquero.
  • Ropa liviana para el día (camisetas, bermudas, etc).
  • Ropa de abrigo para la noche (jerseys, polares, anorak, etc).
  • Crema de protección solar y after-sun.
  • Gafas de sol.
  • Gorra o sombrero.
  • Gafas de buceo.

Olvida todo lo que no vayas a utilizar en la travesía. El espacio en un barco es reducido.

Vida a bordo

La vida cotidiana a bordo de una embarcación va a brindarte maravillosas experiencias. No obstante, existen ciertas limitaciones, que debemos tener muy en cuenta para que dicha experiencia no se convierta en incomodidad. Por eso te damos las siguientes recomendaciones:

No malgastes el agua potable. Los depósitos tienen una capacidad limitada y navegando no están conectados a ninguna red de agua. Ojo con las duchas.
Atención al consumo eléctrico. Si estamos fondeados no tendremos conexión exterioreléctrica, por lo tanto toda nuestra energía provendrá de las baterías de la embarcación. Economicemos en luces, aparatos de consumo eléctrico, etc.
El WC de los barcos tampoco tiene nada que ver con los que usamos en nuestro domicilio. Todo objeto, que no sea las necesidades fisiológicas de cualquier ser humano, va a la basura.

Conditiones del alquiler

1ª) El importe del presente contrato incluye los siguientes conceptos: I.V.A.,  atraque, agua y electricidad en el puerto base (Real Nautica Torrevieja), seguro de accidentes, combustible para 4 horas de motor, gas.
No están incluidos en el presente contrato los conceptos:  Avituallamiento (comida y bebida) sino está mencionado en la tarifa de precios, amarres fuera del puerto base, y en general cualquier concepto no especificado.    

2ª) El 50% del importe del alquiler se pagara al momento de contratar. El otro 50% tiene que ser pagado 30 diás antes del embarque. En casa de un alquiler que se firma antes de 30 dias de fecha de emabarque , se paga la totalidad del alquiler. Se podrá anular una reserva con las siguientes condiciones: Hasta 90 días fecha de embarque llevará un coste del 20 % del total del contrato de alquiler. Hasta 60 días fecha de embarque llevará un coste del 50% del total del contrato de alquiler. Menos de 30 días fecha de embarque llevará un coste del 80% del total del contrato de alquiler.

4ª) La embarcación objeto del presente contrato, será destinada de manera exclusiva a la navegación de recreo.

5ª) El arrendatario se obliga a utilizar todos los elementos de la embarcación como si fueran de su propiedad según las normas del buen navegante, cumpliendo escrupulosamente con la Legislación vigente y con respeto a las instrucciones de las distintas Capitanías.

6ª) El Arrendatario está obligado a mantener en buen estado de uso de la embarcación arrendada, así como de todas las instalaciones y accesorios existentes.

7ª) El Patrón es la máxima autoridad a bordo. El será es el único responsable del  gobierno y seguridad de todos los pasajeros junto con la embarcación. Las decisiones que en un momento determinado pueda tomar en aras de la seguridad o convivencia a bordo, no podrán ser cuestionadas por ningún pasajero. Igualmente el Patrón está facultado para desembarcar a aquellos pasajeros que pongan en peligro su seguridad y la de los demás.

8ª) El número de pasajeros estará limitado al número de plazas autorizadas de la embarcación.

9ª) La embarcación arrendada está asegurada a todo riesgo y dispone de todos los permisos y autorizaciones para ejercer esta actividad.  En arrendamientos sin Patrón se realizará un deposito en concepto de fianza por un importe de 1500€ y que se estipulará en el preceptivo contrato, mediante tarjeta de crédito que será reembolsado ,dentro los 5 días laborales despues desembarcar, si no existen desperfectos. En ningún caso podrá cederse el gobierno de la embarcación a persona distinta de la designada  en el contrato. Así mismo queda expresamente prohibido, la participación en regatas y competiciones deportivas con una embarcación arrendad y sin Patrón.

Así mismo y en embarcaciones arrendadas sin Patrón, el Arrendatario se compromete a no dejar la embarcación amarrada a una boya o anclada, sin ninguna persona a bordo, en radas o aguas no protegidas y que no requiera pago de derecho de amarre. El Arrendatario está obligado  a transportar a bordo de la embarcación arrendada sólo el número  autorizado de personas. El Arrendatario es responsable de cualquier perjuicio o daño que se produzca en la embarcación arrendada sin Patrón, y de la pérdida o extravío de cualquiera de sus elementos o accesorios. 
Cualquier desperfecto,  daño, perdida o extravío que sufra la embarcación dará derecho a PALACIO DE TORREVIEJA SL. a reducir de la fianza el importe necesario para repararlo, practicando con posterioridad la correspondiente liquidación.

10ª) Los itinerarios pueden sufrir modificaciones, tanto de ruta como de lugar de embarque y desembarque, así como los horarios y días de salida, debido a posible condiciones meteorológicas adversas o averías fortuitas. 
Estas modificaciones no darán derecho a indemnización alguna, reclamación del importe del viaje, ni ampliación en el plazo previsto en el presente contrato.

11ª) En alquileres sin Patrón y en el supuesto que se produjera cualquier accidente que afecte a la embarcación arrendada, a su tripulación, pasajeros, a terceras personas o bienes, el Arrendatario, mediante la formalización de un parte de accidente por escrito comunicará a PALACIO DE TORREVIEJA S.L. las causas, circunstancias y consecuencias de lo ocurrido, así como los nombres y apellidos del causante del hecho, testigo y resto de perjudicados si los hubiera.

12ª)  PALACIO DE TORREVIEJA S.L. podrá resolver el contrato de arrendamiento en el supuesto de que,  por causas ajenas a su voluntad no pudiera poner a disposición del arrendatario la embarcación contratada en la fecha prevista. En dicho supuesto  PALACIO DE TORREVIEJA SL. reintegrará al Arrendatario la cantidad entregada a cuenta. En ningún caso podrá el Arrendatario solicitar una indemnización por la indisponibilidad de la embarcación objeto del contrato.

13ª) La formalización y pago de la reserva de una embarcación supone la tácita aceptación de las anteriores condiciones 

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